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octubre 10, 2020
Alerta a las estafas por Coronavirus.
A estas alturas, hablar del Coronavirus, COVID-19 o SARS-CoV2, se ha convertido en un elemento habitual y diario en nuestro territorio y por extensión, en el resto del mundo.
Lo cierto es que, centrándonos en el ámbito geográfico que nos ocupa, la propagación del virus ha dado lugar a que se adopten medidas drásticas con el propósito de minimizar el impacto sobre la población derivado del rápido contagio que supone el contacto social.
Precisamente en el ámbito de las medidas adoptadas, la más evidente para un elevado número de la población es la operada a través del confinamiento. Éste lleva a la población a permanecer en régimen de aislamiento social –salvo que concurran supuestos que eximan de mantener la «reclusión»– y, con ello a pasar un mayor número de horas en nuestro domicilio o lugar en que habitamos.
Lamentablemente, esta circunstancia pandémica tampoco es ajena al mundo de la ciberdelincuencia y, a buen seguro supondrá un hito en las estadísticas anuales una vez realizado el cómputo anual correspondiente, puesto que, como advierten las autoridades, se ha detectado un número creciente de ciberdelitos vinculados al Coronavirus.
En concreto, y por lo que respecta al ámbito de mayor afectación criminal, nos centraremos en la ciberdelincuencia patrimonial; si bien bajo dos modalidades. La patrimonial pura y la vinculada a la extorsión por consumo pornográfico.
En concreto, y por lo que respecta al ámbito de mayor afectación criminal, nos centraremos en la ciberdelincuencia patrimonial; si bien bajo dos modalidades. La patrimonial pura y la vinculada a la extorsión por consumo pornográfico.
En cuanto a la primera, es notable el conocimiento de las autoridades de casos en los que, bajo diferentes fórmulas; ofrecen productos «milagrosos» –generalmente vacunas o fármacos– que previenen o incluso curan el Coronavirus, brindando a la víctima la posibilidad de adquirirlos a cambio de una transferencia económica. En estos términos, huelga decir que nos movemos en los parámetros de la estafa tradicional, operada ahora a través de medios telemáticos donde no es ajena la concurrencia del engaño y el error, que por relación de causalidad genera un desplazamiento patrimonial con el consiguiente perjuicio para el estafado. Y esto es así, puesto que, efectivamente y en el mejor de los supuestos dicho producto –sin garantía alguna de salubridad y de haber seguido protocolo sanitario alguno– será remitido sin que reporte efecto alguno para el adquirente; cuando no, en el más habitual de los escenarios, ni tan siquiera le será remitido producto alguno.
El
segundo escenario, decíamos, el vinculado al creciente consumo de
pornografía que se ha detectado en este tiempo. Ante esta realidad, prolifera cada vez con más frecuencia el fenómeno de la sextorsion derivado de la captación de imágenes del consumidor de pornografía que, finalmente, será
chantajeado bajo el argumento de dar a conocer imágenes íntimas derivadas de ese consumo pornográfico; en ocasiones a través de montajes en los que se sugieren prácticas sexuales con menores.
En un mundo interconectado, la digitalización de la información y la inmediatez en la comunicación con receptores remotos, la prudencia e información se tornan en un valor a consagrar y donde extremar las medidas de autoprotección se vuelven nuestro mejor aliado.
En
GUERRERO ABOGADOS PENALISTAS somos especialistas en delitos patrimoniales y en Cibercriminalidad, por lo que estaremos encantados de ayudarle si ha sido víctima de uno de estos delitos. No dude en contactar con nosotros.
Saludos.